Según los datos de la Encuesta de Población Activa del año 2018, el Estado español cuenta con unos 3.200.000 trabajadores públicos distribuidos entre las distintas administraciones. De ellos más de 850.000 son temporales o interinos. La tasa de temporalidad en el sector público ha superado desde 2015 y por segunda vez en veinte años a la del sector privado, situándose por encima del 26%. Casi la mitad de estos trabajadores y trabajadoras interinos superan en la actualidad los 50 años de edad, una situación que añade al riesgo laboral de todos ellos el riesgo de exclusión social.

De los 850.000 trabajadores temporales de los que hablábamos, más de 500.000 estarían en situación de <<fraude de ley>>, es decir, todos los que ocupan plaza en la Administración Pública de manera interina o temporal durante más de tres años sin que su nombramiento o contrato responda a necesidades expresamente justificadas de necesidad y urgencia, según el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) sino a las de ocupar un puesto de trabajo estructural y permanente y con las funciones de un servicio público que se presta habitualmente. En muchos casos se corresponde con una renovación continuada de contratos (laboral) o de nombramientos (funcionarios interinos) que incurrirían en lo que los juristas definen como un <<abuso continuado en la contratación temporal>>.

Pero, ¿cómo hemos llegado hasta aquí? ¿Cómo es posible que ese <<reducto de dignidad laboral>> que parecía ser la función pública, a ojos de la mayoría, se haya convertido para tantos y tantas trabajadores y trabajadoras de este país en un lugar de incertidumbre, presión y riesgo?

Una década antes del estallido agudo de la actual crisis económica, allá por los años 90 del pasado siglo la Unión Europea, necesitada de una nueva imagen que respaldara su discutido carácter social , hizo una serie de advertencias sobre la creciente dualidad laboral existente en algunos países de la Unión. En estos países, mayoritariamente los de la cuenca mediterránea, había proliferado sin medida la contratación temporal frente a la fija o indefinida, una situación que derivaba, como no podía ser de otro modo, en una discriminación de los trabajadores temporales frente a los fijos o indefinidos.

Ante la falta de acuerdo en el Consejo Europeo durante los años 90, la Comisión decidió consultar a los << interlocutores sociales>>, (UNICE, CEEP Y CES). Estas agrupaciones de representantes empresariales y sindicales, hicieron hincapié en la necesidad de luchar contra las discriminaciones que padecen los trabajadores afectados por las nuevas formas de trabajo flexible. Así es como surge la Directiva 90/70/CE sobre el trabajo de duración determinada

Los tres objetivos, digamos formales, de esta directiva fueron: establecer el principio de no discriminación entre los trabajadores fijos y temporales, prevenir el abuso en la contratación temporal tanto por empresas como administraciones y la posibilidad de determinar sanciones en caso de incumplimiento.

Quince años después de esta directiva y con la explosión aguda de la crisis económica de por medio, todo estas buenas intenciones quedaron en papel mojado.

En 2014 el Reino de España es advertido de una sanción económica millonaria por parte de la UE por incumplimiento de la referida directiva 70/99. La administración del entonces Ministro de Hacienda Cristóbal Montoro solicita de inmediato un aplazamiento de dicha sanción con la promesa de iniciar una serie de reformas al respecto. Este es el origen de los contactos iniciados por el ministro con los sindicatos mayoritarios de nuestro país. La burocracia sindical y amarilla, al servicio del Régimen y de la clase dominante, culmina en marzo de 2017 el denominado Acuerdo para la mejora del empleo público, más conocido entre los funcionarios como <<el Acuerdazo>>.

El objetivo de esta entente social era reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas hasta el 8%, y consolidar a unos 250.000 empleos en el transcurso de los tres siguientes años a través de procesos de estabilización y consolidación. Nada se decía de sancionar una práctica abusiva y continuada en el tiempo contraria al derecho español y europeo, nada en cuanto a la previsible reedición de esta práctica en años venideros.

La UE aceptó el aplazamiento y el gobierno del PP empezó a trabajar en los PGE del año 2017 para incluir estos planes de estabilización y consolidación mediante Ofertas de Empleo Público que dieran ciertas ventajas a aquellos trabajadores que durante tanto tiempo había sido abusados. Por entonces, los primeros movimientos organizados de trabajadores temporales ya denunciaron públicamente que este plan se convertiría en un ERE encubierto en la Administración Pública que dejaría en la calle a miles de mujeres y hombres que durante años habían ejercido el desempeño de su trabajo con mérito y capacidad demostrada, durante los peores años de recortes y sobrecarga laboral y a los que se pondría de patitas en la calle sin ningún tipo de indemnización.

Por otra parte, a principios de 2016, el Tribunal de Justicia de la Unión Europeo, a raíz del caso Diego Porras, concluyó que la legislación española discriminaba a los trabajadores públicos interinos y que a estos les debería corresponder una indemnización por despido como al resto de trabajadores temporales. Pero sorpresivamente para algunos y en buena lógica para otros, tras numerosas advertencias de la Administración española a los despistados próceres de la Justicia Europea, la precipitada sanción daría un giro de 180 grados hasta que en marzo de 2019 El Tribunal Supremo del Reino de España cerrara el debate sentenciando que los trabajadores interinos no tienen derecho a percibir indemnización alguna, ni de 20 ni de 12 días por año trabajado.

Previamente, en noviembre de 2018, el tribunal europeo volvió a analizar el caso Diego Porras, y confirmó este último criterio:<< existe una razón objetiva que justifica el trato diferenciado entre temporales e indefinidos>>. ¿Una contradicción?. No un ajuste más entre el poder de la clase dominante y sus consejos de administración y justicia.

En los últimos dos años han surgido numerosas asociaciones, movimientos y plataformas de trabajadores públicos temporales que reclaman su fijeza en el puesto de trabajo y denuncian la práctica abusiva en nuestras Administraciones Públicas consistente en promover un <<fraude de ley>> que ha llevado a incrementar la reserva de trabajadores precarizados a los que se puede presionar y conducir bajo la amenaza de un despido sin indemnización. Un colectivo de trabajadores, además, sin derecho a la carrera profesional, a la promoción, al concurso de traslado o a la prejubilación. Si estos movimientos de trabajadores de nuevo cuño han surgido ha sido, una vez más, por la inacción y/o el alineamiento de la burocracia sindical con los intereses de la Administración que los financia, con el propio Capital que las utiliza o viceversa .

Todas estas plataformas de trabajadores solicitan fijeza como sanción al fraude de ley y lo hacen, sobre todo, frente a las instituciones de la Unión Europea como lo hace un niño que ya agotó todas las súplicas ante mamá y ahora acude a Papá con la misma solicitud sin haberse dado cuenta de que ambos progenitores comparten los mismos intereses.

Claro que tenemos que defender estas posiciones que reclaman estabilidad y dignidad en el trabajo pero también debemos adquirir conciencia de que la superestructura legal se intentará plegar a los intereses de la burguesía apelando a la preeminencia de la ley sólo cuando esta defiende los derechos de la clase dominante. Adquirir conciencia de que los derechos que le arrebatemos, como históricamente ha quedado demostrado, sólo dependerá del nivel de lucha, y organización que demostremos.

No deja de sorprender, por otra parte, que las grandes organizaciones sindicales de nuestro país no defiendan la opción más favorable para este colectivo de trabajadores públicos precarizados y que sin embargo reclamen el cumplimiento escrupuloso de nuestro ordenamiento jurídico respecto al acceso a la función pública, olvidándose del abuso cometido contra todos ellos. Al fin y al cabo mantener esta <<reserva>> de precarios supone en cierto modo alimentar los viveros de potenciales afiliados, que se asoman a sus secciones sindicales reclamando información, cursillos, temarios y algún descuento en el dentista.

[Continúa en próximo número...]

Fernando Gata

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