El cacareado proyecto de ley de vivienda, que salió finalmente adelante tras dos años de negociaciones y nueve meses de retraso oficial en base a lo estipulado en el acuerdo que en su día firmaron Pedro Sánchez y Pablo Iglesias, será aprobado en Consejo de Ministros junto a los Presupuestos Generales del Estado 2022, que se han desbloqueado consecuentemente (ya se sabe, los asuntos de palacio van despacio).

Podemos resumir los puntos principales del famoso acuerdo en cinco puntos:

  1. Alquileres públicos en las nuevas promociones de viviendas

  2. Ventajas fiscales para pequeños propietarios para bajar el precio del alquiler

  3. Más impuestos para las viviendas vacías

  4. Limitación del alquiler a viviendas de grandes propietarios

  5. Bonos de ayuda para jóvenes

Las principales novedades del acuerdo legislativo entre ambos socios del Gobierno de coalición, PSOE y Unidas Podemos, afectan a los poseedores de más de diez propiedades con personalidad jurídica, denominados ahora grandes propietarios, a los que se les despoja de los privilegios fiscales actuales y presuntamente pone coto a los precios del alquiler. Esta y otras medidas han sido muy criticadas por agentes inmobiliarios, consultoras, economistas, promotoras, inversores, empresarios y políticos de todos los signos (de la derecha, "of course"). Inseguridad jurídica, atentado contra la propiedad privada, pérdida de inversiones, intervención del mercado, populismo, efecto contrario al deseado e impulso a la oferta como solución han sido algunas de las opiniones más repetidas en los últimos días. En medio de esta lluvia de declaraciones, el Gobierno está intentado aplacar los ánimos con varios mensajes. Uno de ellos es que la aplicación de una de las medidas más polémicas de la normativa no tendría efectos inmediatos: el acuerdo establece un periodo de transición de 18 meses desde la entrada en vigor de la normativa para aplicar la bajada de precios obligatoria a los grandes propietarios; por lo que, de facto, no podría aplicarse antes de primavera de 2023. Y la fecha podría retrasarse todavía más si tenemos en cuenta que el texto aún no está aprobado por el Gobierno y que se espera una larga fase parlamentaria. “Está previsto que llegue al Consejo de Ministros en unas semanas y el trámite parlamentario podría durar meses perfectamente”, adelantan desde el Ministerio. En cambio, las demás medidas, como las fiscales, entrarían en vigor de manera inmediata.

Fuentes del mercado afirman que desde el Ejecutivo están trasladando la idea de que el trámite parlamentario va a ser largo y que se podría alargar un año o incluso más.

También habrá castigo para lo que la incipiente ley cataloga como vivienda vacía. Término fronterizo e indefinido para muchos propietarios, que desconocen al tipo de casas al que se refiere este novedoso término, al que se le aplicará un recargo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de hasta el 150% para aquellos tenedores de cuatro o más viviendas. Este gravamen será aplicado a consideración de autonomías y ayuntamientos. A expensas de que el Gobierno especifique y acote de forma oficial su concepto, crucial para saber si habrá que pagar o no ese recargo, no existe definición clara en ningún documento gubernamental o estatal sobre la vivienda o casa vacía. Para el Instituto Nacional de Estadística, INE, se trata de “aquella vivienda familiar que no es la residencia habitual de ninguna persona ni es utilizada de forma estacional, periódica o esporádica por nadie".

Según los últimos datos oficiales de este organismo, en base al censo de poblaciones y viviendas de 2011, España cuenta 3,5 millones de viviendas vacías. Una cifra creciente, si se tiene en cuenta que son 500.000 más que en el cómputo anterior de 2001.

Otro mensaje que está lanzando la cartera liderada por Raquel Sánchez es que la regulación de los precios del alquiler afectaría como máximo a 150.000 viviendas. El número apenas supone un 6% del parque de viviendas en arrendamiento y podría ser muy inferior si tenemos en cuenta que las comunidades autónomas son las que tienen la última palabra. Al ser competencia regional, son las autonomías las que decidirán si quieren o no regular los precios de los arrendamientos.

En este sentido, desde la Agencia Negociadora del Alquiler explican que “parece que la Ley tendrá un alcance real muy limitado, porque la declaración de zonas tensionadas o la subida del IBI a las viviendas vacías dependerá de que las autonomías y ayuntamientos quieran aplicarlo”. Tras el anuncio del acuerdo entre los socios del Gobierno de coalición para sacar adelante la Ley de Vivienda, el principal partido de la oposición, en boca de su presidente Pablo Casado, anunció que las regiones en las que gobierna el PP no se van a aplicar las medidas que contempla la normativa, tales como la de la aplicación de zonas tensionadas en el mercado de alquiler, que supondrían aplicar un límite a los precios de las rentas en las viviendas de grandes tenedores, además de la congelación de los alquileres a pequeños tenedores que se podrían aplicar una mayor desgravación en el IRPF por los beneficios del alquiler si reducen la renta. Junto a estas medidas tampoco se aplicaría el incremento del gravamen del IBI a los pisos vacíos por un largo periodo de tiempo o la aplicación de que un 30% de la obra nueva se destine a vivienda protegida.

En la actualidad, hay cinco comunidades y una ciudad autónoma con un presidente autonómico del PP, a saber: Andalucía, Castilla y León, Galicia, Madrid y Murcia, además de Ceuta. Entre ellas aglutinan el 48,9% de los grandes titulares de inmuebles en España. En total serían algo más de 142.000 propietarios. Mientras, algunas regiones socialistas como Extremadura han afirmado que no tienen mercados tensionados. De hecho, se estima que la mitad de los “grandes tenedores” se encuentran en regiones que no van a aplicar el límite al alquiler. ¡Lo que hay que ver! Una ley que se aplica o no dependiendo del territorio en que te ha tocado vivir. ¡Y si no se aplica no pasa nada! Y pregunto: ¿cómo obligar a los propietarios de los sitios donde sí se aplique? ¿No tendrían todas las herramientas para llevar su caso a nuestra “justicia” y que les den la razón?

Diferentes agentes del mercado inmobiliario llevan insistiendo durante años que España arrastra un déficit de viviendas de alquiler social, ya que apenas representan un 1% del parque inmobiliario, frente al más del 10% que suponen en Irlanda, Francia o Reino Unido. A la cabeza de la OCDE están Dinamarca, con un 21%; Austria, con un 23%; y Países Bajos, con un 37%. Por otro lado, la normativa deja en manos de los ayuntamientos la posibilidad de aplicar o no la obligación de destinar el 30% de las promociones nuevas de viviendas a vivienda protegida. Y en caso de aplicarla. deberían compensar a los promotores con la aportación de un suelo de valor similar en otra parte del municipio.

Los pequeños propietarios (con menos de 10 viviendas en su poder) podrán optar a grandes descuentos e incentivos fiscales con el fin de incentivar la bajada del precio de alquiler en sus viviendas. De hecho, se planea a una bonificación de hasta el 90% de las rentas que obtengan los propietarios en caso de que bajen el precio del alquiler respecto al contrato anterior.

La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, ha afirmado que la ley no les obligará a topar los precios del alquiler, pero contarán con importantes incentivos que ayudarán a contenerlos.

Esta nueva normativa incluye la creación de un 'bono joven' de vivienda dotado con 250 euros mensuales durante los próximos dos años. Este bono va a beneficiar a los jóvenes de entre 18 y 35 años con rentas de trabajo e ingresos anuales inferiores a 23.725 euros. Además, ha informado de que, en los casos de las familias más vulnerables este bono joven podrá completarse con más ayudas directas al alquiler de hasta el 40% de su valor. ¿Y con estos ingresos brutos qué entiende el gobierno que son familias MÁS vulnerables?

No obstante, la Ministra María Jesús Montero ha aclarado que este bono joven para el alquiler estará limitado por el precio del alquiler a pisos con una renta de 600 euros. ¡Que no intenten alquilar un chalet de lujo! Y, por supuesto, lo que sobrepase de los 250 euros mensuales lo tendrá que poner la persona de alquiler con su fastuoso sueldo (si lo tiene). ¿Y al final de los dos años? Parece que ya no será necesario pues todos navegaremos en la abundancia. En fin, más parece una medida destinada a SUBIR en vez de bajar los alquileres, y lógicamente a subirlos una media de 250 euros mensuales.

Y paramos ya, para no extendernos ad infinitum. Se ha producido el parto de los montes y, como dice el cuento, ¡ha parido un ratón!

Marcos

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