Sabemos de la imposibilidad de vivir con un salario desde hace tiempo.

El capital en su afán por mantener su tasa de ganancia ha ido implementando medidas que llevan a la clase obrera a situaciones de miseria.

La situación actual de la vivienda es una de ellas, junto con el desvalor de los salarios machacados por una inflación subyacente que hacen de la vida cotidiana un auténtico sinvivir y con la violación continua de los derechos de la clase obrera.

Conjugando ambos problemas nos encontramos con un caso ejemplar: “Deniegan el teletrabajo a una mujer que no puede vivir en Mallorca por el alto precio de la vivienda”.

La trabajadora afectada, actualmente el caso está en vía judicial, está representado por el camarada Pablo. La actuación empresarial es siempre la misma: aprovechar cualquier situación para acabar con la relación laboral sin indemnizar. ¡Viva la libertad carajo! Que dirían algunos…

En un solo caso, varias incongruencias y violaciones. La trabajadora ha estado trabajando online bastante tiempo, dado que su trabajo consiste, básicamente, en enviar emails y en contactar telefónicamente con clientes. Para colmar el sarcasmo, la oficina está en Mallorca y la cartera de clientes que tiene asignada es la provincia de Alicante. La intención de la demandante era mudarse a Alicante, lo que a primera vista, incluso beneficiaría a la empresa, además permitiría a la trabajadora sobrevivir con su salario. En Mallorca el precio medio del alquiler ronda los 1.600 euros y el último informe sobre la vivienda en alquiler apuntan a que en 2025 el precio subió un 8,5%. Muy lejos del IPC y aún más lejos de las subidas de convenio.

El salario medio neto en Baleares es de unos 2.000 euros netos al mes en 12 pagas, si le quitas 1.600 de alquiler, te quedan 400 euros para pagar electricidad, comunicaciones, combustible y comida…vamos que las cuentas no dan ni en estos casos, que hay que recordar que son medios y que hay mucha, muchísima gente por debajo de esa media, condenados a compartir vivienda y gastos o a sostener matrimonios de conveniencia por la imposibilidad de hacer vida independiente.

En este periódico ya tratamos en su momento el tema de la expulsión de los trabajadores de las grandes ciudades y centros turísticos, quedándoles la única posibilidad de ir a la periferia, pagando con un esfuerzo añadido de tiempo y gastos de desplazamientos, la especulación inmobiliaria.

Este caso es la muestra viva de lo que ocurre y de cómo las empresas, tan aplaudidas por la socialdemocracia, son un vestigio rancio de la presencialidad en centros de trabajo que no lo necesitan. Después hablarán de absentismo, que según ellos y sus medios, se da más en trabajadores indefinidos y con salarios medios. Eso sí, no dicen que por ley ya no hay prácticamente ningún trabajo que no sea indefinido y que el salario medio no es igual en Mallorca que en Guadalajara (por poner un ejemplo).

Vamos ahora con la otra cuestión de esta historia: la trabajadora se presentó como candidata para elecciones sindicales en su empresa. El acoso encubierto se plasma en estas medidas que consisten básicamente en obligar a la trabajadora a pedir la baja voluntaria.

La trabajadora ha solicitado la extinción del contrato, pero por vulneración de derechos fundamentales a no ser discriminada (a otros compañeros se les permite teletrabajar), a la promoción a través del trabajo, a la igualdad de trato y a la libertad sindical.

Igualmente se solicita, porque es el único camino viable en estos casos, una indemnización adicional de 15.000 euros por daños morales.

La lucha continúa.

Juan Luis Corbacho

 

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