Iniciamos esta sección en la que esperamos ser de ayuda para los jóvenes trabajadores que están entrando en el mundo laboral. Vamos con un tema candente, los contratos temporales. Si eres joven y trabajas estoy casi seguro de que tu contrato será temporal (a la par de cobrar una mierda de sueldo, hacer más horas que un reloj y aguantar a algún capullo de jefe, pero esto lo dejamos para futuros números). Al grano, seguramente no te habrás planteado si tu contrato es legal o no. Lo más probable es que esté en fraude de ley y uno de los motivos por los que lo podría estar te lo contamos hoy. Según el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores se podrán celebrar contratos temporales cuando:
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Se trate de un contrato por obra o servicio, es decir cuando en contrato sea para realizar un trabajo concreto y determinado, como, por ejemplo, contratar temporalmente a un albañil para hacer una reforma. Dentro de una empresa los convenios de sector y de empresa señalarán qué trabajos tienen esta consideración. El límite de estos contratos es de 3 años.
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Cuando las circunstancias del mercado, el exceso de trabajo, etc. así lo exija. Un ejemplo de esto sería la tienda que contrata a alguien más para navidades. También son regulados qué tipo de trabajos están sujetos a esto por convenio. En este caso el tiempo máximo será de 6 meses dentro de un periodo de 12 meses contados desde la aparición de esas causas.
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La sustitución de otro trabajador, por ejemplo, sustituir a un trabajador que ha cogido la baja. En este caso se deberá indicar a qué trabajador sustituimos y el motivo.
Y ahora te preguntarás: ¿y si mi contrato no encaja en ninguno de estos tres casos y es temporal? Pues a no ser que estés en prácticas (de las que hablaremos en otro momento), tu contrato está en fraude de ley. Esto significa que tu contrato se presume según el mismo artículo del Estatuto como indefinido. Es decir, que si demuestras ante un juez que ese contrato está celebrado en fraude de ley, deberá pasar a ser indefinido.
Además, en los casos de los trabajadores temporales que lleven trabajando veinticuatro meses de un lapso de treinta meses para la misma empresa, encadenando dos o más contratos temporales, adquirirán la condición de fijos.
En todo caso, para demostrar que el contrato está en fraude de ley es legal grabar conversaciones con tu jefe mientras tú formes parte de esa conversación. Finalmente en caso de que creamos seriamente que nuestro contrato esté en fraude de ley (también hay que consultar el convenio sectorial y el de la empresa) lo mejor que podemos hacer es ponernos en contacto con el sindicato y denunciar el caso, teniendo claro que el sindicato es una herramienta para solucionar nuestros problemas, pero hemos de ser nosotros, los propios trabajadores quienes hagamos funcionar esa herramienta.
Karaka.